declara facil

Fuente:  Cámara de Comercio de Lima

Hoy miércoles 27 de diciembre se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N°335-2017/SUNAT, con la cual pone a disposición de los contribuyentes el servicio «MIS DECLARACIONES Y PAGOS», el mismo que permitirá a los contribuyentes acceder a formularios «declara fácil» para elaborar sus declaraciones determinativas y presentarlas a través de SUNAT Virtual, pagar la deuda tributaria y consular las declaraciones presentadas.

Acceso.- Podrá accederse a este servicio desde SUNAT Virtual, o computadora personal en la que se instale el aplicativo descargándolo de SUNAT Virtual; o dispositivo móvil en el que se instale la APP SUNAT.

Sobre la declaración y pago.- El contribuyente debe seleccionar el formulario «declara fácil» a presentar e ingresar el periodo a declarar. Aparecerá una información personalizada que debe verificar y modificar, de ser el caso.

Para cancelar el importe a pagar, el contribuyente podrá optar por utilizar débito en cuenta del banco que seleccione, o tarjeta de crédito o débito. También podrá pagarse en un banco habilitado, utilizando el NPS (número de pago SUNAT).

Rechazo.- SUNAT puede rechazar el formulario «declara fácil» por diversas causas relacionadas con el medio de pago utilizado o por corte del sistema.

Asimismo se aprueban los siguientes formularios virtuales:

  • Declara Fácil 621- IGV- Renta mensual (IGV, pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera régimen general y Régimen MYPE Tributario; Régimen Especial del Impuesto a la Renta; e Impuesto a la venta de arroz pilado)
  • Declara Fácil 626- Agentes de Retención (Retención del IGV)
  • Declara Fácil 633- Agente de percepción adquisición de combustible (IGV aplicable a la venta de combustibles)
  • Declara Fácil 697 – Agente de percepción ventas internas (IGV aplicable la venta de bienes)